IMPORTADORA CALI S.A. — IMPOCALI
Distribuidor autorizado PHC Valeo en Colombia
TÉRMINOS Y CONDICIONES
Campaña Promocional PHC Valeo 2026
“Métele Primera”
Vigencia: 1 de Septiembre de 2026 – 29 de Enero de 2026
Ámbito: territorio de la República de Colombia
1. Objeto de la campaña
Los presentes Términos y Condiciones (en adelante, el “Reglamento”) regulan la campaña promocional comercial denominada “Métale Primera” (en adelante, la “Campaña”), organizada por Importadora Cali S.A. (Impocali), en su calidad de distribuidor autorizado de la marca PHC Valeo en Colombia (en adelante, el “Organizador”), dirigida a activar la cadena comercial de repuestos automotrices vinculada a la línea de kits de clutch PHC Valeo.
La Campaña está compuesta por cuatro (4) frentes de participación simultáneos, independientes entre sí en su mecánica, pero convergentes en un evento de cierre común. Cada frente cuenta con su propio público objetivo, mecánica de premiación y condiciones de redención, según se detalla en este Reglamento.
2. Vigencia y ámbito territorial
- Vigencia general: la Campaña inicia el 1 de agosto de 2026 y finaliza el 31 de diciembre de 2026 a las 11:59 p.m. (hora local Colombia). Solo se computarán para efectos de acumulación, ranking y cumplimiento de metas las operaciones (compras, instalaciones, ventas) realizadas dentro de dicho período.
- El Organizador podrá establecer, mediante comunicación previa al canal, una fecha límite de radicación de evidencias posterior al cierre de la Campaña (“ventana de cierre administrativo”), exclusivamente para permitir la validación de las últimas instalaciones realizadas dentro de la vigencia. Dicha ventana no amplía la vigencia comercial de la Campaña ni admite nuevas instalaciones.
- La Campaña aplica en el territorio de la República de Colombia, para los almacenes de repuestos, mecánicos/talleristas, asesores de mostrador y asesores comerciales de Impocali que cumplan las condiciones de participación descritas en este Reglamento.
3. Definiciones
4. Condiciones generales de participación
4. La participación en cualquiera de los cuatro frentes es voluntaria, gratuita y no exige compra mínima distinta a la compra del producto objeto del incentivo. La sola participación implica la aceptación plena e incondicional de este Reglamento.
5. No podrán participar en la Campaña, en ninguno de sus frentes: (i) empleados directos de Impocali con funciones de auditoría, control interno o administración de la Campaña; (ii) proveedores directos de PHC Valeo; y (iii) personas jurídicas, salvo el almacén como socio comercial en el Frente 2, que participa a través de su representante legal o persona designada.
6. El Organizador podrá solicitar en cualquier momento documentos de identificación, facturas de compra, soportes de instalación o cualquier otro documento razonable para verificar la elegibilidad de un participante o la validez de una redención, sin que ello constituya una obligación adicional no prevista en este Reglamento. Página 3 de 11
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7. Todos los premios e incentivos entregados en el marco de la Campaña están sujetos a las normas tributarias colombianas vigentes que resulten aplicables (incluida, si corresponde, la retención en la fuente por premios y/o el impuesto de ganancia ocasional). Cada participante es responsable de sus propias obligaciones fiscales derivadas de los incentivos recibidos; el Organizador practicará las retenciones que la ley le imponga como agente retenedor, cuando aplique.
5. Frente 1 — Mecánico / Tallerista: mecánica de redención
Nota: Esta sección constituye el núcleo normativo del Reglamento. En caso de conflicto o ambigüedad entre esta sección y cualquier material publicitario, comercial o gráfico de la Campaña (incluida la presentación de lanzamiento), prevalecerá lo dispuesto en este documento.
5.1 Participantes elegibles
8. Podrá participar en el Frente 1 toda persona natural mayor de edad que se desempeñe como mecánico o tallerista independiente, o como técnico vinculado a un taller de mecánica automotriz, y que realice la instalación física del kit de clutch PHC Valeo objeto de la Campaña, sin importar si dicha instalación se realiza en un taller propio, en un taller de un tercero, o de manera independiente.
9. El Mecánico no requiere ser cliente directo de Impocali ni tener una cuenta comercial abierta con el Organizador; basta con que la compra del kit se haya realizado en un almacén de repuestos participante del canal de distribución de PHC Valeo administrado por Impocali.
10. Cada Mecánico solo podrá registrarse una vez en la Campaña, con un único número de celular (asociado a su cuenta Nequi) y una única identificación. El registro de un mismo Mecánico bajo múltiples números o identidades para efectos de acumular incentivos de forma duplicada constituye fraude y da lugar a lo previsto en la cláusula 5.9.
5.2 Producto y monto del incentivo
11. El incentivo aplica exclusivamente a la compra e instalación de kits de clutch de la línea PHC Valeo comercializados por Impocali dentro de la vigencia de la Campaña. No aplica a otros productos PHC Valeo, ni a otras líneas o marcas distribuidas por Impocali, ni a repuestos de clutch de otras marcas.
12. Por cada kit de clutch PHC Valeo efectivamente comprado e instalado, y cuya Evidencia sea validada por el Organizador, el Mecánico acumula un incentivo de cuatro mil pesos colombianos ($4.000 COP). El incentivo es acumulativo por kit; no existen incentivos parciales por instalaciones incompletas o por venta sin instalación.
13. Umbral mínimo de redención: el Mecánico solo podrá solicitar el pago una vez haya acumulado un mínimo de cinco (5) kits validados (equivalentes a $20.000 COP). No se realizan pagos por acumulaciones inferiores a cinco kits. Superado dicho umbral, el Mecánico podrá solicitar la redención de la totalidad de kits validados a la fecha, sin necesidad de esperar múltiplos exactos de cinco.
14. Esta actividad estará activa desde el 11 de septiembre
5.3 Mecánica de acumulación y redención — proceso paso a paso
El proceso de acumulación y redención consta de las siguientes etapas obligatorias y secuenciales:
Paso 1. Compra del kit. El Mecánico, o el cliente final por cuenta de quien este actúa, adquiere el kit de clutch PHC Valeo en un almacén de repuestos participante, dentro de la vigencia de la Campaña, y conserva la factura o documento equivalente de compra.
Paso 2. Instalación. El Mecánico realiza la instalación física completa del kit en el vehículo correspondiente. Página 5 de 11
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Paso 3. Envío de evidencia. Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la instalación, el Mecánico envía por el canal oficial de WhatsApp de la Campaña: (i) fotografía legible de la factura o soporte de compra del kit, y (ii) fotografía de la instalación realizada (evidencia física del kit instalado en el vehículo, o del empaque/serial del kit junto al vehículo intervenido), conforme a los formatos que el Organizador comunique al inicio de la Campaña.
Paso 4. Validación. El Organizador revisa la evidencia y confirma o rechaza su elegibilidad dentro de un plazo estimado de hasta diez (10) días hábiles desde su recepción. Una evidencia validada se refleja como una instalación acumulada en el registro del Mecánico.
Paso 5. Acumulación. El sistema del Organizador consolida el número de instalaciones validadas por Mecánico. El Mecánico puede consultar su acumulado a través del mismo canal de WhatsApp.
Paso 6. Redención. Alcanzado el umbral mínimo de cinco (5) kits validados, el Mecánico solicita el pago por el canal oficial. El Organizador transfiere el valor acumulado a través de Nequi, al número celular registrado por el Mecánico, dentro de un plazo estimado de hasta quince (15) días hábiles contados desde la solicitud de redención.
Nota: Los plazos indicados son estimados y pueden variar por volumen de solicitudes, jornadas no hábiles o fuerza mayor. El Organizador comunicará al canal cualquier ajuste relevante a estos plazos.
5.4 Requisitos de la evidencia
• La factura o soporte de compra debe ser legible, corresponder a un almacén participante del canal PHC Valeo, y coincidir en fecha con la vigencia de la Campaña.
• La evidencia de instalación debe permitir identificar razonablemente el kit instalado y el vehículo intervenido; el Organizador podrá solicitar evidencia adicional (por ejemplo, serial visible del kit o datos del vehículo) cuando la primera evidencia sea insuficiente.
• Toda evidencia debe corresponder a una instalación real y verificable. El envío de fotografías editadas, reutilizadas, descargadas de internet o que no correspondan a una instalación efectivamente realizada por el remitente constituye causal de rechazo y, según el caso, de exclusión definitiva conforme a la cláusula 5.9.
• Cada factura de compra solo podrá utilizarse una vez para efectos de acumulación. La misma factura no podrá ser presentada por más de un Mecánico ni registrada más de una vez por el mismo Mecánico.
5.5 Motivos de rechazo o invalidación de la evidencia
El Organizador podrá rechazar o invalidar una evidencia, previa o posteriormente a su acumulación, cuando se presente cualquiera de las siguientes circunstancias:
• Evidencia ilegible, incompleta, o que no permita verificar la compra o la instalación.
• Producto no correspondiente a la línea de kits de clutch PHC Valeo, o compra realizada por fuera de la vigencia de la Campaña.
• Compra realizada en un canal, distribuidor o punto de venta no autorizado por Impocali.
• Factura duplicada, alterada, o ya utilizada previamente para otra redención. Página 6 de 11
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• Indicios razonables de fraude, simulación de instalaciones, uso de identidades múltiples, o cualquier conducta orientada a obtener el incentivo sin una instalación real.
15. Debido proceso interno: ante el rechazo de una evidencia, el Organizador informará al Mecánico el motivo por el canal oficial. El Mecánico podrá presentar, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes, evidencia adicional o aclaratoria para solicitar una segunda revisión. La decisión del Organizador tras dicha segunda revisión será definitiva.
5.6 Medio de pago y requisitos de Nequi
16. El pago del incentivo se realiza exclusivamente a través de la plataforma Nequi, al número celular que el Mecánico haya registrado como propio al momento de su primer envío de evidencia.
17. Es responsabilidad exclusiva del Mecánico: (i) contar con una cuenta Nequi activa y a su propio nombre; (ii) mantener actualizado el número celular registrado; y (iii) informar oportunamente al Organizador cualquier cambio de número. El Organizador no asume responsabilidad por transferencias realizadas correctamente al número registrado por el Mecánico, aun cuando dicho número haya cambiado de titular o se encuentre inactivo por causas no imputables al Organizador.
18. Si la transferencia no puede completarse por causas atribuibles al Mecánico (cuenta inexistente, datos erróneos, cuenta bloqueada), el Organizador otorgará un plazo de treinta (30) días calendario para que el Mecánico corrija la información; superado dicho plazo sin corrección, el incentivo quedará disponible para reclamación por un término adicional de sesenta (60) días calendario, tras el cual se entenderá renunciado.
5.7 Límites, topes y reglas de acumulación
• No existe un tope máximo de kits ni de monto acumulable por Mecánico durante la vigencia de la Campaña, salvo el que el Organizador establezca por razones de control de fraude, el cual será comunicado previamente al canal.
• Un mismo kit físico (identificado por su factura y/o serial) solo genera derecho a un (1) incentivo, independientemente de que sea reportado por más de un Mecánico.
• El incentivo del Frente 1 es compatible con la participación del socio comercial en el Frente 2 y del asesor de mostrador en el Frente 3, dado que corresponden a roles distintos de la cadena comercial; no obstante, no es acumulable con otras promociones específicas de descuento sobre el mismo kit que el Organizador señale expresamente como excluyentes.
5.8 Capacitaciones a mecánicos
19. Como beneficio adicional del Frente 1, el Organizador realizará jornadas de capacitación técnica sobre instalación de kits de clutch PHC Valeo en seis (6) ciudades del país, cuyo cronograma, sedes y cupos serán comunicados oportunamente por el canal oficial. La asistencia a las capacitaciones es gratuita, no obligatoria, y no constituye requisito para participar en la mecánica de redención descrita en esta sección, salvo que el Organizador comunique lo contrario para una ciudad o jornada específica.
5.9 Fraude, auditoría y consecuencias
20. El Organizador podrá auditar, en cualquier momento durante la vigencia de la Campaña y hasta seis (6) meses después de su finalización, cualquier evidencia, acumulación o redención realizada por un Mecánico. Página 7 de 11
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21. Consecuencias del fraude comprobado: de comprobarse que un Mecánico presentó evidencia falsa, adulterada, duplicada o simulada, el Organizador podrá, según la gravedad: (i) invalidar las instalaciones fraudulentas; (ii) exigir la devolución de los valores ya pagados que correspondan a instalaciones no reales; (iii) excluir definitivamente al Mecánico de la Campaña; y (iv) reportar la conducta a las autoridades competentes cuando la misma pueda constituir un ilícito, sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar.
22. La detección de fraude en un Mecánico no afecta la validez de las instalaciones reales y debidamente soportadas de otros Mecánicos ni de otros frentes de la Campaña.
5.10 Tratamiento de datos personales del Mecánico
23. Para efectos de la validación y pago del incentivo, el Organizador recolectará y tratará datos personales del Mecánico, incluyendo nombre, número de identificación, número celular/cuenta Nequi, y las evidencias fotográficas remitidas, de conformidad con la Ley 1581 de 2012 y demás normas concordantes sobre protección de datos personales en Colombia.
24. Dichos datos serán utilizados exclusivamente para la administración de la Campaña (validación, acumulación, pago y control de fraude) y no serán compartidos con terceros distintos de los estrictamente necesarios para procesar el pago (v.gr. la plataforma Nequi), salvo requerimiento de autoridad competente. El Mecánico podrá ejercer sus derechos de acceso, actualización, rectificación y supresión de datos a través del canal oficial de la Campaña.
6. Frente 2 — Socio comercial
25. Podrá participar como Socio comercial el titular o representante legal de un almacén de repuestos que mantenga una relación comercial activa de compra directa con Impocali durante la vigencia de la Campaña.
26. El incentivo consiste en una nota de crédito calculada sobre el cumplimiento de la meta de sell-out asignada al almacén, conforme a los siguientes niveles de referencia, los cuales serán confirmados individualmente a cada socio comercial mediante su meta asignada:
27. Para efectos del cálculo del cumplimiento, se excluyen las compras ocasionales o atípicas que no correspondan al comportamiento habitual del cliente, con el fin de evitar que compras puntuales generen o distorsionen el cumplimiento de la meta.
28. Los cuarenta (40) socios comerciales con mejor desempeño (“Top 40”) accederán, adicionalmente, a beneficios especiales que incluyen dos (2) cupos libres al Evento PHC Valeo y un (1) cupo adicional para el mejor asesor de mostrador de su equipo, así como a los cupos de ganadores distribuidos por región conforme a la participación de venta de cada zona. Los criterios específicos de asignación dentro del Top 40 serán informados por el Organizador a los socios elegibles y prevalecerán, en caso de detalle adicional, sobre las referencias generales de este Reglamento.
29. La nota de crédito se hará efectiva conforme a los procesos administrativos y contables ordinarios de Impocali con cada socio comercial, dentro de los plazos que el área comercial comunique al cierre del período de medición.
7. Frente 3 — Asesor de mostrador
30. Podrá participar todo asesor de mostrador vinculado a un almacén de repuestos participante del canal PHC Valeo, siempre que dicho almacén registre actividad comercial dentro de la vigencia de la Campaña.
31. El incentivo consiste en un cupo al evento de reconocimiento, otorgado a los cuarenta (40) mejores asesores pertenecientes a los negocios con mejor desempeño durante la Campaña. Se mide el desempeño del negocio, pero el reconocimiento se otorga al asesor.
32. La calificación se compone de las siguientes variables ponderadas:
33. El Organizador consolidará el ranking al cierre de la Campaña y comunicará los cuarenta (40) asesores ganadores, quienes recibirán su cupo al Evento PHC Valeo conforme a la sección 9 de este Reglamento.
8. Frente 4 — Asesor comercial Impocali
34. Podrá participar todo asesor comercial de Impocali con meta asignada sobre la línea PHC Valeo durante la vigencia de la Campaña.
35. El incentivo consiste en una bonificación compensatoria por cumplimiento de meta, y en un cupo al Evento PHC Valeo 2027 para un total de cinco (5) cupos disponibles, asignados a los asesores con mejor desempeño conforme a los criterios internos de evaluación comercial del Organizador.
36. La bonificación por cumplimiento de meta se liquidará conforme a las políticas internas de compensación variable de Impocali vigentes para el período de la Campaña.
9. Evento de cierre — Evento PHC Valeo 2027
37. El Evento PHC Valeo es el cierre y reconocimiento de la Campaña, dirigido a los socios comerciales y asesores ganadores de los Frentes 2, 3 y 4, en la ciudad y sede que el Organizador defina dentro del territorio colombiano y comunique oportunamente.
38. El Frente 1 (Mecánico) no otorga cupos al Evento PHC Valeo; su incentivo es exclusivamente el pago en efectivo descrito en la sección 5, sin perjuicio de que el Organizador pueda, de manera discrecional y no obligatoria, invitar mecánicos destacados como reconocimiento adicional no contemplado como derecho de este Reglamento.
39. Los cupos al Evento son personales, intransferibles y no canjeables por dinero en efectivo ni por ningún otro producto o beneficio. El Organizador definirá los alcances logísticos del cupo (transporte, alojamiento, alimentación) y los comunicará a los ganadores; cualquier gasto no cubierto expresamente será asumido por el ganador.
40. El ganador que no pueda asistir al Evento en la fecha programada pierde el derecho al cupo, sin que exista lugar a compensación, reprogramación individual o entrega a un tercero, salvo autorización expresa del Organizador.
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10. Disposiciones generales
41. Modificación y terminación anticipada. El Organizador podrá modificar, suspender o terminar anticipadamente la Campaña, en su totalidad o en cualquiera de sus frentes, por razones operativas, de fuerza mayor, caso fortuito, o cuando circunstancias ajenas a su voluntad lo justifiquen, informando dicha decisión a través de los canales oficiales. Los incentivos ya causados y validados a la fecha de la modificación o terminación se respetarán conforme a las reglas vigentes al momento de su causación.
42. No sustitución de incentivos. Ningún incentivo de la Campaña (dinero, nota de crédito, cupo a evento o bonificación) es canjeable por dinero en efectivo distinto al expresamente previsto, ni transferible a un tercero, salvo lo dispuesto expresamente en este Reglamento.
43. Uso de imagen. La participación en la Campaña, y en particular la asistencia al Evento PHC Valeo o a las capacitaciones, implica la autorización del participante para que el Organizador capture y utilice su imagen, nombre y testimonio con fines publicitarios y de comunicación relacionados con la Campaña, salvo manifestación expresa en contrario por escrito.
44. Interpretación y consultas. Cualquier situación no prevista expresamente en este Reglamento será resuelta por el Organizador conforme a los principios de buena fe, transparencia e igualdad entre participantes. Las consultas sobre la Campaña podrán dirigirse al canal oficial de WhatsApp habilitado para tal fin.
45. Ley aplicable y jurisdicción. Este Reglamento se rige por las leyes de la República de Colombia. Cualquier controversia derivada de su interpretación o aplicación que no se resuelva de manera directa entre las partes se someterá a las autoridades judiciales competentes en la ciudad de Cali, Colombia.
46. Aceptación. La compra, instalación, envío de evidencia, registro o participación en cualquiera de los frentes de la Campaña implica la aceptación plena, expresa e incondicional de todas las condiciones establecidas en este Reglamento.